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En la última década, la transformación digital ha dejado de ser una opción para convertirse en un imperativo de negocio. En esta nueva etapa, la firma electrónica en España se erige como el pilar fundamental de la contratación digital. Ya no es solo una herramienta de conveniencia; es un mecanismo legal robusto que permite a las empresas formalizar acuerdos, cerrar contratos y operar con plena validez jurídica sin la necesidad de papel ni presencia física.
Sin embargo, el ecosistema de la firma digital en España es complejo. Está regulado por un marco europeo, el Reglamento eIDAS, que define con precisión qué es y qué no una firma válida. Para las empresas, especialmente en sectores como la banca, los seguros o las telecomunicaciones, elegir la solución incorrecta no solo implica una mala experiencia de usuario, sino un grave riesgo legal.
Este artículo es una guía exhaustiva sobre la firma electrónica eIDAS en el mercado español. Analizaremos en profundidad la regulación aplicable, los tipos de firma, las características que deben tener las mejores soluciones de software y cómo se integra la firma electrónica con los procesos de KYC (Know Your Customer) para permitir la contratación digital y el onboarding de clientes de forma instantánea y segura.
Firma electrónica en España: qué es y cómo obtenerla
La firma electrónica en España es un conjunto de datos en formato electrónico vinculados a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos, que utiliza un usuario para firmar. Esta definición, extraída directamente del Reglamento (UE) Nº 910/2014 (conocido como eIDAS), es deliberadamente amplia.
Es fundamental diferenciar el concepto legal del concepto técnico:
- Firma electrónica (legal): el término paraguas que define eIDAS. Se refiere al acto legal de consentir o aprobar el contenido de un documento digital. Su validez depende del nivel de seguridad e identificación del firmante.
- Firma digital (técnico): aunque a menudo usado como sinónimo, se refiere a la tecnología criptográfica subyacente. La firma digital es la herramienta que se utiliza para crear los tipos más seguros de firma electrónica (Avanzada y Cualificada).
Por lo tanto, toda firma cualificada es una firma digital, pero no toda firma electrónica utiliza criptografía de firma digital.
¿Cómo se obtiene una firma electrónica en España y cómo se utiliza?
Existen dos perspectivas principales:
- Como usuario (persona física): los ciudadanos en España pueden obtener sus propios certificados digitales cualificados. Los más comunes son el DNI electrónico y el Certificado de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre). Estos certificados permiten al individuo firmar documentos con validez legal, aunque necesitarán un software de firma electrónica donde subir este certificado y firmar con él. También pueden firmar con firma electrónica avanzada por una empresa como Tecalis sin necesidad de certificado digital, con la misma validez legal.
- Como empresa (persona jurídica): las empresas no tienen una única firma. En su lugar, se implementan soluciones de firma electrónica para que sus clientes, empleados y proveedores puedan firmar documentos. Esto se hace integrando una plataforma de un proveedor de servicios de confianza. La empresa no solo busca firmar, sino gestionar el flujo completo de envío, seguimiento, custodia y validación de miles de documentos firmados.

Tipos de firma electrónica eIDAS
El Reglamento eIDAS es el eje de la firma electrónica en España y en toda la UE. Su objetivo es crear un mercado único digital, garantizando que una firma electrónica válida en un estado miembro lo sea en todos los demás. Para ello, establece tres niveles de firma, cada uno con diferentes requisitos técnicos y efectos jurídicos.
1. Firma electrónica simple (SES)
Es el nivel más básico de firma. eIDAS la define por exclusión: cualquier firma electrónica que no cumple los requisitos de Avanzada o Cualificada.
- Cómo funciona: implica una acción digital simple que denota aceptación.
- Ejemplos: hacer clic en un botón "Acepto" en una web, marcar una casilla de "He leído y acepto los términos" o incluso el pie de firma de un correo electrónico.
- Validez legal: el nivel más débil. eIDAS establece el principio de "no discriminación", lo que significa que "no se denegarán efectos jurídicos" a una firma por ser electrónica. Sin embargo, en caso de litigio, la carga de la prueba recae sobre quien presenta el documento firmado. Probar quién, cuándo y cómo se marcó esa casilla es extremadamente difícil.
- Uso: solo para operaciones de riesgo nulo, como aceptar cookies, confirmar la lectura de una política interna o darse de alta en una newsletter.
2. Firma electrónica avanzada (AES)
Es el estándar de oro para la mayoría de las transacciones comerciales y empresariales. La firma electrónica avanzada debe cumplir cuatro requisitos acumulativos establecidos en el Artículo 26 de eIDAS:
- Estar vinculada al firmante de manera única.
- Permitir la identificación del firmante.
- Haber sido creada utilizando datos de creación de la firma que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo.
- Estar vinculada con los datos firmados de modo tal que cualquier modificación posterior de los mismos sea detectable.
Softwares de firma electrónica en España como Tecalis Sign permiten firmar con el estándar firma electrónica avanzada biométrica sin necesidad de certificados digitales previos.
- Cómo funciona: aquí es donde entra la firma digital. Se utilizan certificados digitales creados al momento con sellado de tiempo QTSP-eIDAS y criptografía para vincular la identidad del firmante con el documento y el momento de la firma.
- La clave: la identificación. Esto se logra recogiendo evidencias durante el proceso, como un código OTP enviado a un móvil verificado, un trazo biométrico de la firma manuscrita en una tablet, o un proceso de KYC y firma electrónica previo.
- Validez Legal: extremadamente robusta. El documento firmado digitalmente es infalsificable y va acompañado de un documento probatorio que recoge todas las evidencias (IP, email, teléfono, biometría) que identifican al firmante. En un juicio, la carga de la prueba se invierte parcialmente.
Uso empresarial y de negocios de la firma electrónica en España
La adopción de la firma electrónica eIDAS en el tejido empresarial español es transversal y genera eficiencias operativas masivas en cualquier negocio que la implemente.
- Sector financiero: se utiliza para la apertura de cuentas (combinada con KYC), contratación de préstamos y firma de mandatos SEPA. La normativa AML exige una identificación robusta, haciendo que la combinación AES + KYC sea indispensable.
- Sector seguros: emisión de pólizas, firma de partes de siniestro y gestión de consentimientos RGPD.
- Recursos humanos: contratos laborales, anexos, firma de nóminas, acuerdos de teletrabajo y documentos de Prevención de Riesgos Laborales.
- Sector inmobiliario: contratos de arras, alquiler, mandatos de venta y, cada vez más, la firma de documentación notarial (con QES).
- Utilities: contratación de nuevos suministros (luz, gas, fibra), cambio de titularidad y portabilidades, procesos que requieren una alta seguridad para evitar el fraude.
- Legal y compras: firma de acuerdos de confidencialidad (NDAs), contratos con proveedores y acuerdos marco de servicios.
Mejores soluciones y herramientas de firma electrónica de España
Al buscar las mejores soluciones de firma electrónica, no debemos mirar inmediatamente hacia una marca, sino un conjunto de características técnicas y de cumplimiento. Una plataforma de firma digital en España de nivel empresarial debe ser un socio tecnológico robusto.
Las características clave que debe tener una solución de firma de alto rendimiento son las siguientes:
- Cumplimiento normativo: la solución debe estar 100% alineada con eIDAS. Idealmente, el proveedor debe ser un Prestador de Servicios de Confianza Cualificado (QTSP). Ser QTSP es una certificación auditada que permite a la plataforma emitir certificados cualificados y, por ende, ofrecer QES.
- Flexibilidad de tipos de firma: una buena solución no impone un único tipo de firma. Debe actuar como un "orquestador" que permita a la empresa seleccionar el nivel de firma adecuado para el riesgo de cada documento. Enviar un contrato laboral no requiere el mismo nivel de seguridad que aprobar unas vacaciones.
- Robustez y escalabilidad de la API: las soluciones empresariales no son portales web donde se suben PDFs uno a uno, son motores (APIs) que se integran dentro de los sistemas existentes de la empresa. La API debe ser potente y estar excelentemente documentada.
- Experiencia de usuario (UX) móvil y fluida: el proceso de firma debe ser impecable. Si el cliente tiene que descargar una app, registrarse, o el proceso es lento, la tasa de abandono del contrato se dispara. Debe ser 100% web-responsive (mobile-first), rápido y guiado, permitiendo firmar en segundos.
- Generación de evidencia probatoria (Audit Trail): la firma es tan fuerte como la evidencia que la respalda. La plataforma debe generar un documento probatorio exhaustivo por cada firma, que recoja de forma inmutable todas las evidencias:
- Sellos de Tiempo Cualificados que garantizan el "cuándo".
- Datos del firmante (email, IP, teléfono verificado).
- Evidencias biométricas (si se usa firma biométrica avanzada).
- Verificación de la integridad del documento (Hash).
- Integración Nativa con Procesos KYC/Identificación: esta es la característica que separa a las soluciones premium. Las mejores plataformas entienden que la contratación es primero identificar y luego firmar. Debe poder iniciar un proceso de identificación robusto en el mismo flujo y utilizar la evidencia de ese KYC para blindar legalmente la AdES o para emitir una QES de forma remota.
Qué tener en cuenta a la hora de contratar un QTSP
Elegir un proveedor es una decisión estratégica. Si la plataforma que usas no es robusta, tu empresa puede estar firmando contratos nulos. Al evaluar un QTSP (Qualified Trust Service Provider), uno se debe hacer las siguientes preguntas:
- ¿Está en la EU Trust List? Para ser QTSP, debe estar en la “Lista de Confianza” de la UE, sino no puede emitir QES.
- ¿Qué servicios cualificados ofrece? Un QTSP puede estar cualificado para diferentes servicios. ¿Solo ofrece QES? ¿Ofrece también Sello de Tiempo Cualificado, Sello Electrónico Cualificado o Servicios de Entrega Electrónica Certificada Cualificada (la evolución del Burofax)? Un portfolio completo denota un proveedor más robusto.
- ¿Cómo emite los certificados cualificados? Para que un cliente firme con QES, necesita un Certificado Cualificado. Tradicionalmente, esto requería ir a una oficina, pero ahora es posible la emisión remota de certificados cualificados mediante video identificación, permitiendo el onboarding 100% digital con el máximo nivel de firma.
- ¿Dónde residen los datos? Por cumplimiento del RGPD y sensibilidad de los datos, es vital que los servidores estén en la Unión Europea.
- ¿Cuál es el modelo de soporte técnico? ¿Es un soporte 24/7? ¿Hablan tu idioma? ¿Tienes acceso directo a ingenieros o es un sistema de tickets genérico?

KYC y firma electrónica en España: cómo conseguir contrataciones al instante
La combinación de KYC y firma electrónica es el motor de la contratación digital instantánea.
El método tradicional:
- Una empresa (ej. un banco) quiere dar de alta a un cliente online.
- La Ley 10/2010 de AML obliga a identificar fehacientemente a ese cliente con un KYC.
- eIDAS obliga a obtener una firma válida en el contrato.
Este método rompe el flujo: el cliente rellena un formulario online, luego se desplaza a una oficina para identificarse con su DNI (KYC) y firma el contrato (firma manuscrita).
En cambio, el flujo moderno, gracias a la tecnología, une estos pasos en un proceso de 3 minutos:
- Identificación KYC: el cliente desde su móvil inicia el proceso. La plataforma activa una video identificación. muestra su DNI a la cámara y graba su rostro. Un sistema de IA y un agente cualificado (exigencia SEPBLAC en España) verifican el documento y la biometría en tiempo real.
- Generación de evidencia: el sistema genera un paquete de evidencia KYC (video, DNI validado, biometría).
- Firma: inmediatamente después del OK del KYC, la plataforma genera el contrato y se lo muestra al cliente.
- Vinculación: el cliente firma. Esta firma es una AdES donde la evidencia recogida en el KYC se usa para cumplir los requisitos de eIDAS.
El resultado es una contratación al instante: un cliente verificado legalmente y un contrato firmado con alta robustez probatoria, todo en un único flujo digital.
Onboarding digital KYC/AML en España y firma electrónica: contratación
El onboarding digital en España es un campo de batalla de cumplimiento normativo dual: SEPBLAC y eIDAS.
- SEPBLAC (AML/KYC): para los "sujetos obligados" (bancos, aseguradoras, FinTechs, cripto, etc.), la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales es la norma principal. Esta ley obliga a aplicar medidas de Diligencia Debida (KYC). El SEPBLAC, como supervisor, es quien autoriza los procedimientos de identificación no presencial. El método estándar autorizado es la video identificación. Por lo tanto, cualquier onboarding digital regulado en España debe usar un sistema de video KYC.
- eIDAS (Firma/Contratación): una vez identificado el cliente cumpliendo con SEPBLAC, se debe firmar el contrato cumpliendo con eIDAS.
Una solución de onboarding digital de primer nivel debe resolver ambos desafíos simultáneamente. El flujo de contratación debe ser diseñado para que la salida de un proceso sea la entrada del siguiente.
El flujo de cumplimiento dual:
- Inicio: el cliente accede al alta.
- Fase 1: Cumplimiento AML/SEPBLAC: se ejecuta la Video Identificación y realizan comprobaciones AML (listas de PEPs, Sanciones, Titularidad Real).
- Fase 2: Cumplimiento eIDAS: el cliente es verificado por KYC, se le presenta el contrato, el cliente firma con Firma Electrónica Avanzada, vinculada biométricamente a la sesión de video, o con Firma Electrónica Cualificada.
La QES representa aquí la máxima sinergia: la normativa eIDAS permite explícitamente usar una video identificación como método para emitir un Certificado Cualificado de forma remota.
Esto permite el flujo más robusto posible: Video KYC > Emisión certificado QES > Firma del contrato con QES. Esta contratación instantánea tiene la misma validez legal que si el cliente hubiera ido a una notaría.
La unión de KYC en España y firma electrónica no es una tendencia; es el estándar de oro de la contratación digital. Permite a las empresas cumplir con la estricta regulación española mientras ofrecen a sus clientes lo que exigen: experiencias de alta seguras, instantáneas y 100% móviles.
























