KYC en España: regulación, soluciones digitales y cumplimiento AML

Persona en España realizando proceso KYC
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    En el ecosistema financiero y empresarial actual, la confianza es la moneda de cambio más valiosa. Sin embargo, en un entorno digitalizado, verificar la identidad de un cliente, el proceso conocido como KYC (Know Your Customer), se ha convertido en un pilar fundamental no solo para la confianza, sino para la supervivencia legal de las empresas. El KYC en España no es una simple formalidad; es un complejo entramado de obligaciones legales diseñadas para prevenir el blanqueo de capitales (AML) y la financiación del terrorismo.

    El mercado español, regulado por normativas estrictas a nivel europeo y nacional, presenta desafíos únicos. Las empresas deben implementar procesos de identificación robustos que cumplan con la normativa KYC española, sin sacrificar la experiencia del usuario. La digitalización ha forzado una evolución del onboarding tradicional, donde la biometría, la inteligencia artificial y la firma electrónica eliminan casi en su totalidad los errores, y disparan la confianza y la seguridad con elementos que los humanos no somos capaces de detectar.

    Este artículo analiza en profundidad el panorama KYC y AML en España. Explora la regulación específica que define estas obligaciones, las características que deben tener las mejores soluciones KYC en España para garantizar el cumplimiento, y cómo se integran estos procesos en la contratación digital segura.

    Verifica clientes de forma segura cumpliendo con AML y SEPBLAC. Onboarding KYC en España.

    KYC en España: qué es y cómo se ha regulado

    El KYC en España es el conjunto de procesos y procedimientos que las entidades, especialmente los sujetos obligados por ley, deben llevar a cabo para verificar la identidad de sus clientes. Estos procesos van más allá de simplemente saber un nombre y un DNI. Implica comprender la naturaleza de la actividad del cliente, evaluar su riesgo y, crucialmente, identificar al titular real o beneficiario final detrás de cualquier estructura corporativa.

    El objetivo primordial del KYC es la prevención. Al identificar inequívocamente a los usuarios, las organizaciones crean una barrera de entrada fundamental contra actores malintencionados que buscan utilizar el sistema financiero para actividades ilícitas, principalmente el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

    En España, este proceso es de carácter obligatorio para una amplia gama de sectores, conocidos como “sujetos obligados”, según la Ley 10/2010. 

    Normativas KYC en el mercado español

    El marco regulatorio del KYC en España es un sistema de varias capas que armoniza las directivas europeas con la legislación nacional.

    1. El marco europeo: las Directivas AML

    La regulación española emana, como estado miembro, de las directivas de la Unión Europea. Las Directivas contra el lavado de dinero de la UE han ido evolucionando para actualizarse a nuevos escenarios y tipos de delitos, imponiendo sanciones para disuadir futuros delitos y en última instancia armonizar las legislaciones de los estados miembros para evitar discrepancias de criterio a la hora de juzgar un delito dentro de la unión.

    Sexta Directiva AML (6AMLD): es la normativa contra el blanqueo de dinero en vigor. Aunque esta evolución se encuentre más centrada en la armonización de delitos de blanqueo en la UE, refuerza la responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas) por fallos en la supervisión, lo que indirectamente presiona para tener sistemas KYC más robustos que no permitan errores a la hora reconocer a usuarios finales y benefactores de dinero.

    2. La legislación española: Ley 10/2010 y SEPBLAC

    A nivel nacional, la piedra angular de toda la normativa KYC España es la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

    Esta ley traslada las directivas europeas al ordenamiento jurídico español y establece las obligaciones concretas. Sus puntos clave incluyen:

    • Identificación de sujetos obligados: define un listado exhaustivo de entidades que deben aplicar medidas KYC/AML. Este grupo incluye, entre otros, a entidades de crédito (bancos), entidades aseguradoras, gestoras de fondos, promotores inmobiliarios, asesores fiscales, abogados (en determinadas operaciones) y, tras las últimas actualizaciones, proveedores de servicios de activos virtuales.
    • Obligaciones de Diligencia Debida (Due Diligence): la ley exige a estos sujetos no solo identificar al cliente con un proceso de KYC, sino aplicar medidas de diligencia debida. El proceso de Due Diligence se basa en un enfoque basado en riesgo (RBA), que obliga a la entidad a clasificar a los clientes (riesgo bajo, medio o alto) y aplicar medidas proporcionales. 

    Mientras que en riesgos bajos las medidas son algo más simplificadas, las medidas reforzadas para personas de alto riesgo, como PEP (Personas Expuestas Políticamente) implican un escrutinio más profundo para verificar el origen de sus fondos y movimientos.

    3. El regulador: SEPBLAC

    El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Inversiones Monetarias (SEPBLAC) es el supervisor y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de España. Su papel es crítico:

    • Supervisión e inspección: el SEPBLAC vigila activamente que los sujetos obligados cumplan con la Ley 10/2010.
    • Sanciones: potestad para imponer sanciones muy severas por incumplimiento, que pueden ascender a millones de euros o la revocación de licencias.
    • Guías y autorizaciones: uno de los puntos más importantes para el onboarding digital KYC. El SEPBLAC es quien define cómo se puede identificar a un cliente de forma remota de manera que sea legalmente equivalente a la identificación física.

    Mediante sus autorizaciones, el SEPBLAC ha aprobado métodos específicos de identificación no presencial, destacando la videoidentificación (síncrona y asíncrona) y el uso de certificados electrónicos cualificados (como el DNIe).

    Persona en país España registrándose y realizando un KYC

    Mejores soluciones y sistemas KYC en España

    Ante este estricto panorama regulatorio, las empresas no pueden permitirse utilizar cualquier método de verificación. Las mejores soluciones KYC en España no son necesariamente las más baratas, sino aquellas que garantizan el cumplimiento normativo (especialmente con las directrices del SEPBLAC) mientras proporcionan una experiencia de usuario fluida que minimice el abandono en el proceso de alta.

    Al evaluar una solución tecnológica eKYC se deben analizar un conjunto de características técnicas y funcionales.

    Características Clave de una Solución KYC en España de alto rendimiento:

    • Cumplimiento explícito con SEPBLAC: esta es la característica no negociable en España para el onboarding digital de riesgo medio o alto. La solución debe ofrecer métodos de identificación no presencial autorizados.
      • Video identificación asíncrona: el usuario graba un video de sí mismo mostrando su documento de identidad. La plataforma debe usar IA para verificar la autenticidad del documento y la biometría facial, aunque la normativa española exige una revisión humana posterior por un agente cualificado para validar la operación.
      • Video identificación síncrona: una videollamada en tiempo real entre el cliente y un agente cualificado, que realiza la verificación en directo.
    • Tecnología de verificación documental: la solución no debe limitarse a capturar una foto del DNI. Debe analizarla.
      • OCR (Optical Character Recognition): extracción automática de los datos del documento (nombre, número, fecha de caducidad) para autocompletar formularios, reduciendo la fricción y el error humano.
      • Autenticación forense del documento: el software debe ser capaz de verificar la autenticidad del documento en tiempo real, comprobando medidas de seguridad como hologramas, microtextos, patrones ultravioleta y la coherencia de la zona MRZ (Machine Readable Zone).
    • Biometría avanzada y prueba de vida: para asegurar que la persona que realiza el proceso es quien dice ser y que está físicamente presente, se requiere:
    • Comparación facial: un motor biométrico que compara el selfie del usuario con la fotografía del documento de identidad, arrojando un porcentaje de coincidencia.
    • Detección de vida: esencial para prevenir ataques de suplantación de identidad con fotos, videos o máscaras.
    • Conectividad con listas de sanciones: el KYC es el paso previo al AML. La solución debe integrarse automáticamente con bases de datos globales para realizar el cribado del cliente contra listas de:
      • PEPs (Personas Expuestas Políticamente).
      • Listas de sanciones internacionales (OFAC, UE, ONU, etc.).
      • Medios Adversos: búsqueda de noticias negativas relacionadas con delitos financieros.
    • Flexibilidad y APIs: la mejor plataforma KYC actúa como un "orquestador". Debe permitir, a través de una API robusta, diseñar flujos de verificación personalizados que se adapten al nivel de riesgo del cliente, combinando diferentes tecnologías en un solo flujo.
    • Cumplimiento eIDAS: la solución debe ser compatible con los servicios de confianza definidos por el reglamento, especialmente si el proceso culmina en una firma electrónica.

    Qué tener en cuenta al contratar un proveedor Know Your Customer

    Un QTSP (Qualified Trust Service Provider) es una entidad auditada y certificada por un organismo supervisor (en España, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital) que figura en la "Lista de Confianza" de la UE. Están autorizados para emitir certificados cualificados y prestar otros servicios de confianza (sellos de tiempo, sellos electrónicos) con la máxima validez legal en toda la UE.

    A menudo, el proceso KYC y los formularios KYC está intrínsecamente ligado a la contratación mediante firma electrónica. Para gestionar las firmas, especialmente las de mayor nivel legal (Avanzada y Cualificada), las empresas recurren a QTSPs.

    Al seleccionar un QTSP, se deben hacer las siguientes preguntas:

    1. Certificación y auditoría: ¿Está en la Trust List de la UE? Esto es innegociable para servicios cualificados.
    2. Tipos de firma ofrecidos: ¿Proporciona los tres niveles de eIDAS (Simple, Avanzada y Cualificada)? La flexibilidad es clave.
    3. Métodos de identificación para emisión: ¿Cómo emite los certificados cualificados? ¿Admite la videoidentificación para que el cliente no se desplace?
    4. Integración (API y UX): ¿Cómo de fácil es integrar su solución de firma en el flujo de onboarding existente? ¿La experiencia de firma es fluida?
    5. Evidencia Probatoria (Audit Trail): ¿El documento firmado incluye un rastro de auditoría completo, robusto y legalmente sólido, que recoja las evidencias biométricas y los sellos de tiempo cualificados?

    ¿Aún no lo tienes claro? Descubre los 5 factores clave para elegir la mejor solución KYC

    KYC y AML en España: cómo cumplir

    Cumplir con la normativa KYC (Know Your Client) y AML en España no es un evento único; es un ciclo de vida continuo. El KYC es la puerta de entrada y el AML es el proceso permanente.

    El cumplimiento efectivo se estructura en base al ya mencionado RBA. Los sujetos obligados deben diseñar una política interna de AML que detalle cómo gestionarán este riesgo.

    El proceso de cumplimiento AML/KYC paso a paso:

    1. Política de admisión de clientes: definir qué clientes se aceptan y qué nivel de riesgo se les asigna. Esto implica un "scoring" de riesgo inicial basado en variables como el país de residencia, el tipo de producto contratado, la estructura de la empresa o su profesión.
    2. Identificación y verificación (KYC en el Onboarding): se recogen los datos del documento con el método aprobado y se identifica al titular real. Para clientes corporativos se debe identificar qué personas físicas poseen más del 25% del control de la propiedad (o el administrador principal).
    3. Aplicación de medidas de Due Diligence: tanto la diligencia normal para la mayoría de clientes, como una reforzada (EDD) si el scoring detecta un riesgo alto. Esta EDD implica una investigación más profunda.
    4. Monitorización continua de la relación: como se ha comentado anteriormente, el AML no termina en el onboarding. El sujeto obligado debe monitorizar la operativa del cliente de forma continua. Los clientes pueden cambiar de categoría o scoring. Por ello el software debe reevaluar las bases de clientes continuamente para detectar cambios y tratarlos de forma adecuada a su nuevo estatus.
    5. Mantenimiento de registros y reporte: se deben conservar los documentos durante un mínimo de 10 años tras finalizar la relación de negocio. También se debe realizar un examen especial para cualquier operación sospechosa y comunicarla con el SEPBLAC.
    Dados representando fases del proceso KYC en España

    Onboarding digital KYC/AML en España y firma electrónica: la contratación

    El onboarding digital KYC converge en el momento de la verdad: la contratación. El proceso de identificación no es un fin en sí mismo, sino el medio para establecer una relación de negocio, la cual casi siempre se formaliza mediante un contrato.

    Aquí es donde la sinergia entre las regulaciones KYC y eIDAS se vuelve crucial.

    El Flujo de Contratación Digital Integrado

    Un proceso de onboarding digital de alta calidad en España combina la identificación y la firma en una sola experiencia fluida, minimizando la fricción y maximizando la seguridad jurídica:

    1. Inicio del proceso: el cliente potencial inicia el alta en la web o app.
    2. Captura de datos: el usuario rellena el formulario, idealmente autocompletado con OCR.
    3. Identificación y verificación KYC: la empresa activa el método de identificación.
    4. Verificación AML: simultáneamente, la API de la solución KYC comprueba las listas PEPs y de sanciones.
    5. Generación de evidencias: el sistema KYC genera un paquete de evidencias.
    6. Firma del contrato: inmediatamente después de la verificación exitosa, se presenta el contrato al cliente.
    7. Tipo de Firma Electrónica:
      • Firma electrónica avanzada: la evidencia generada en el paso KYC puede usarse para vincular al firmante con la firma del contrato. Es el método más común para riesgo medio.
      • Firma Electrónica Cualificada: si el proceso KYC se realiza mediante un certificado cualificado , la firma del contrato tendrá el nivel QES. Legalmente, una QES tiene la equivalencia funcional de una firma manuscrita y goza de presunción de autoría, invirtiendo la carga de la prueba en un litigio. Es la opción preferida para productos de alto valor o riesgo legal (hipotecas, seguros de vida).

    Este flujo integrado, donde la identificación robusta de KYC sirve como fundamento para una firma electrónica avanzada o cualificada, es el estándar de oro del onboarding digital KYC en España. Permite a las empresas cumplir con las exigencias del SEPBLAC y a la vez cerrar contratos con la máxima garantía jurídica que ofrece el reglamento eIDAS.

    Las mejores soluciones KYC en España son aquellas que entienden la dualidad del desafío: deben ser herramientas de cumplimiento normativo con SEPBLAC y AML y ser facilitadores de negocio, proporcionando un KYC rápido y sin fricción. La integración nativa con los servicios de confianza eIDAS y las plataformas de firma electrónica es una necesidad para cerrar el ciclo de adquisición de clientes de forma segura y eficiente en la era digital.

    Aprende cómo la IA y la automatización ayudan a cumplir normativas en los procesos de onboarding KYC en España

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